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El derecho a la vivienda en Andalucía

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El Parlamento de Andalucía tiene previsto en su calendario para este curso político el debate y aprobación de un proyecto de ley sobre el derecho a la vivienda. Se trata de una iniciativa con la que el Gobierno andaluz aspira a garantizar, jurídicamente y en la práctica, uno de esos nuevos derechos reconocidos en el Estatuto aprobado en 2007. De este modo también, se podrá concretar el desarrollo normativo necesario para dar cumplimiento en Andalucía a un mandato constitucional contenido en el artículo 47 de nuestra norma fundamental.

Efectivamente, la intención de este proyecto de ley no es otra que establecer una base legal sólida para lograr que todos los andaluces puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada. La metodología para llevar esencial de este compromiso está señalada en el Estatuto, donde se menciona un listado amplio de obligaciones para los poderes públicos autonómicos, con medidas como la promoción pública de vivienda, el establecimiento de un sistema de ayudas que faciliten ese derecho, el acceso a la misma en condiciones de igualdad, lo que supone favorecer a aquellos colectivos con especiales necesidades en esta materia, así como la adopción de medias antiespeculativas del suelo.

El legislador andaluz no puede olvidar tampoco que en esta guía estatutaria se han indicado además otras exigencias ineludibles para que el derecho a la vivienda deje de ser una mera proclamación retórica, pero sin eficacia real hasta ahora. Me refiero a que la futura ley que regule este derecho debe afirmar su carácter vinculante, capaz de hacerse valer incluso ante los tribunales de justicia, y tiene que prever las prestaciones y servicios con los que se puede satisfacer a nivel individual por cada ciudadano.

Estos son, mínimamente enunciados, los presupuestos estatutarios que debe cumplir el Parlamento andaluz cuando apruebe en los próximos meses la ley del derecho a la vivienda. Tiene, sin duda, competencia de sobra para ello, ya que el nuevo Estatuto reconoció a la comunidad autónoma numerosas atribuciones directamente vinculadas con el ejercicio de ese derecho, en materia de urbanismo, ordenación territorial y específicamente también en vivienda. Carecen por tanto de fundamento las críticas que se han hecho al proyecto, ante una posible invasión de las competencias municipales. Ahora bien, para que no resulte vulnerada la autonomía local por la comunidad, ésta tendrá que respetar aquellas funciones que, de igual modo nuestro Estatuto, otorga y reserva a las entidades locales sobre gestión, y planificación de viviendas. La fórmula de la cooperación se convierte en una necesidad imperiosa. En el proyecto de ley se contemplan ya algunos mecanismos para hacer efectiva esa participación entre las administraciones autonómica y municipal, que esperemos se desarrolle en el futuro en términos de lealtad institucional y al margen del color político de cada ayuntamiento.

Así pues, tenemos en puertas una ley imprescindible para que los andaluces consigan la satisfacción de un derecho fundamental para su dignidad personal. El Parlamento de nuestra comunidad tiene, en consecuencia, una tarea para el futuro que requiere una dosis extraordinaria de responsabilidad, más allá de estrategias electorales o meras declaraciones biensonantes.

Fuente: el pais.com

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